Proyectos anticaídas

Solicita presupuesto

Los proyectos anticaídas se diseñan según la circustancia de cada obra, y en base a su proyecto o necesidades constructivas, se elegirán procedimientos y técnicas para combatir sus posibles riesgos en el origen, pero cuando no es posible su eliminación, se utilizarán las protecciones colectivas más adecuadas para impedir cualquier tipo de accidente.

En este caso solemos acudir a los principales fabricantes que han diseñado equipos de trabajo, protecciones colectivas y EPIS sometidos a ensayos que permiten cumplir la normativa que proceda.

En la vida real nos encontramos que para cumplir con la certificación de su montaje, dichas soluciones no proceden por las mismas características singulares de la obra, en ese momento Lineas de Vida Canarias diseña y fabrica, monta y forma a la empresa y los trabajadores que soliciten de ese sistema particular que ningún fabricante ha desarrollado o ha estudiado hasta el momento.

Legislación aplicable en los proyectos anticaídas

La legislación que se aplica a los proyectos anticaída es la ley 31/1995, y atendiendo a su artículo 15, en el apartado h, podemos observar lo siguiente:

Artículo 15 .-  Principios de la acción preventiva

1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:

a) Evitar los riesgos.
b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
c) Combatir los riesgos en su origen.
d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.
f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.